Pintar el piso para alquilarlo, Si tienes una vivienda y la vas a aquilar nosotros podemos pintarla y sanearla a un precio modico ya que entendemos que una vivienda de alquiler no se puede invertir mucho ya que cada inquilino trata la vivienda de un modo distinto.


La pintura de la vivienda no es una “ pequeña reparación ” a cargo del inquilino, pues de pequeña no tiene nada ni por el coste ni por la duración de la reparación. Tampoco se trata de una “ obra de mejora ”. Así pues, sólo cabe que se trate de una “ obra de conservación ” de las que regula el artículo 21.1 de la LAU. Y estas corresponde pagarlas al arrendador.
El inquilino debera conservar en buen estado las paredes de la vivienda tal y como las entrego el arrendador.
si el deterioro de la pintura es consecuencia de un uso anormal de la vivienda la pintura la tendra que pagar el inquilino.